Solucionalo.cl

Defendemos al Consumidor

Defensa del consumidor:
Actualmente, la gran relación de intercambio de bienes de consumo entre las personar ha provocado en muchas oportunidades, conflictos en los que usted, como consumidor, se ha visto prácticamente desprotegido ya que los vendedores parecen no aplicar las normas mínimas de honestidad y respeto que una sociedad merece.

De hecho, cuando usted, como consumidor, se siente perjudicado por la mala atención o la pésima calidad de un producto o servicio, generalmente recibe la negativa de parte del vendedor para reintegrarle su dinero. Esto no solo sucede en pequeños negocios sino que también con las grandes tiendas. ¿Quién no ha sufrido de la pésima atención o servicio post venta de estos establecimientos? ¿Quién no ha tenido eternos problemas con el nuevo servicio de compras por Internet?

Pues bien, es importante destacar que usted no se encuentra desprotegido ya que la Ley N°19.496, publicada el 07 de marzo de 1997, constituye una ley general que regula el actuar, derechos y obligaciones de vendedores y consumidores en nuestro país.

Además de los actos típicos de comercio celebrados entre venderores y consumidores, esta regla, será también aplicable a:

1° Los actos de comercialización de sepulcros o sepulturas.

2° Arrendamiento de inmuebles amoblados por períodos determinados, continuos o discontinuos, no superiores a tres meses, para fines de descanso o turismo.

3° Los contratos de educación, en la compra de viviendas y en los contratos de prestaciones de Salud, en las condiciones determinadas por la ley.

4° Las normas de esta ley no son aplicables a las actividades de producción, fabricación, importación, construcción, distribución y comercialización de bienes o de prestación de servicios reguladas por leyes especiales. No obstante, esta legislación actuará en las materias que las leyes especiales no prevean.

Las normas de esta ley no son aplicables a las actividades de producción, fabricación, importación, construcción, distribución y comercialización de bienes o de prestación de servicios reguladas por leyes especiales. No obstante, esta legislación actuará en las materias que las leyes especiales no prevean.

Para brindar una completa asesoría, Solucionalo ha contemplado un servicio oportuno y eficaz en favor de nuestros clientes para que estos cuenten con una correcta representación ante la empresa cuestionada, el SERNAC y, eventualmente, los tribunales de justicia competentes.

HAGA SU CONSULTA



[Volver]